El esquema de acreditación para los Centros de Diagnóstico Automotor evalúa la competencia de los organismos de inspección que realizan la Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes en vehículos automotores.
La acreditación, además de ser una condición para operar como Organismo de apoyo al tránsito, es un medio para que los Centros de Diagnóstico Automotor demuestren su competencia mediante el cumplimiento de los requisitos de imparcialidad, instalaciones, personal, equipos, métodos y procedimientos descritos en las Normas Técnicas Colombianas adoptadas por el Ministerio de Transporte.
La inspección que realiza un CDA acreditado, es un elemento que fortalece la gestión de las políticas de seguridad vial y calidad del aire, toda vez que una revisión confiable, competente e imparcial permite determinar que los vehículos automotores que transitan por el territorio nacional están en óptimas condiciones mecánicas y de seguridad, para contribuir con la reducción de siniestros viales y la disminución de emisiones contaminantes generadas por fuentes móviles.
Aplica para los Centros de Diagnostico Automotor que hayan implementado la norma ISO/IEC 17020, como Organismo de Inspección tipo A y cuyo objeto sea prestar el servicio de Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes para las diferentes tipologías de vehículos como motocicletas, ciclomotores, motocarros, tricimotos, cuadriciclos, mototriciclos, cuatrimotos, livianos, pesados rígidos, articulados y biarticulados que circulen por el territorio nacional.
Cada Centro de Diagnóstico Automotor solicita voluntariamente las tipologías de vehículos a inspeccionar según sus recursos, capacidades e intereses comerciales. De acuerdo con dicha solicitud, deberá aplicar los requisitos definidos en las Normas Técnicas Colombianas NTC 5375, NTC 6218 y NTC 6282 para la Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes.
Conoce toda la información y documentos que requieres en cada paso de la Ruta de Acreditación haciendo clic en el respectivo botón a continuación:
En este espacio podrán ser consultadas presentaciones de diferentes actividades en las que participa ONAC, así como documentos o memorias compartidas por las Cooperaciones Internacionales de acreditación o por otras organizaciones relacionadas con ONAC.
Aquí encontrarás información de interés respecto a diferentes tópicos relacionados con la participación en Cooperaciones y Foros internacionales de Acreditación, asistencia a eventos y actividades relacionadas con el ejercicio de acreditación, desarrollo y lanzamiento de nuevos servicios y novedades.
En esta sección encuentras las Circulares, Planes de transición y Notas técnicas relacionadas con Centros de Diagnóstico Automotor. Si deseas consultar otros documentos o los relacionados con un esquema de acreditación diferente, puedes realizar la búsqueda aquí.
Documentos adicionales o complementarios de la norma de acreditación, para algunos alcances específicos, que el solicitante debe cumplir y son objeto de evaluación por parte de ONAC para determinar su competencia como Organismo Evaluador de la conformidad.
Requisitos que debe cumplir el solicitante que desea acreditarse de acuerdo con el esquema de evaluación de la conformidad y que son objeto de evaluación para determinar la competencia del organismo. ejemplo ISO/IEC 17020 requisitos para organismos que realizan inspecciones.
Aplican para todos los esquemas de acreditación y definen condiciones desde la presentación de la solicitud hasta el mantenimiento y renovación de la acreditación, forman parte de la relación contractual con ONAC.
Acceder a la opción «Registrese» del sistema SIPSO, en esta opción el sistema genera un usuario y contraseña por una única vez. Este será el medio de interacción con ONAC durante el proceso de acreditación.
Aplican para todos los esquemas de acreditación y definen condiciones desde la presentación de la solicitud hasta el mantenimiento y renovación de la acreditación, forman parte de la relación contractual con ONAC.
En esta etapa el OEC realiza la solicitud a través de SIPSO y registra la información en cada sección del sistema, la información solicitada en cada sección puede variar dependiendo del esquema de acreditación, es necesario consultar el Anexo de creación de solicitud dispuesto para cada esquema de acreditación.
Aplican para todos los esquemas de acreditación y definen condiciones desde la presentación de la solicitud hasta el mantenimiento y renovación de la acreditación, forman parte de la relación contractual con ONAC.
ONAC determina la viabilidad del proceso de acreditación, realizando una revisión inicial de la documentación que el OEC envia, para lo cual se deberá tener en cuenta:
Cancelar el valor correspondiente de acuerdo a las tarifas establecidas en el documento Tarifas del Servicio de Acreditación, RAC-3.0-02.
Para los esquemas BPL, OVM y OVV GEI, radicar el formulario junto con la información requerida mediante el correo electronico ONAC@ONAC.ORG.CO o en las oficinas de ONAC, en la Avda. Calle 26 No. 57-83, Torre 8, Oficina 1001 Bogotá D.C., Colombia o por correo electronico.
La información recibida por ONAC en la solicitud y a lo largo de todo el proceso de acreditación, será clasificada como CONFIDENCIAL y recibirá un tratamiento acorde a nuestra Política de Tratamiento de Datos.
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Una vez finalizada la revisión de la solicitud y se ha comunicado al OEC que la información presentada está completa y adecuada, se procede a elaborar la cotización de acuerdo con los tiempos generados en el modelo de cálculo de días de evaluación de cada esquema de acreditación.
Para las evaluaciones de otorgamiento y ampliación una vez se confirma en el sistema SIPSO la creación de la cotización el OEC recibirá automáticamente un correo electrónico de comunicación para que ingrese al sistema y acepte o rechace la cotización.
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En la programación del servicio se informan las fechas de ejecución de la evaluación en sus diferentes etapas, de acuerdo con lo establecido en la cotización.
Con la notificación ONAC informa al OEC los nombres de los integrantes del equipo evaluador , el rol en el que participara cada uno , adjuntando sus hojas de vida , con las que podrá confirmar su perfil y experiencia. El OEC podrá plantear las objeciones que considere pertinentes respecto de los integrantes del equipo evaluador. Por último, te invitamos a consultar la documentación relacionada con esta etapa.
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En esta etapa se efectúa la evaluación de la competencia del OEC en el desarrollo de las actividades de evaluación de la conformidad solicitadas en el alcance de la acreditación, incluyendo todas las operaciones del organismo, la competencia del personal, la validez de la metodología de evaluación de la conformidad y los resultados de esta. Por último, te invitamos a consultar la documentación relacionada con esta etapa.
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ALCANCE DE ACREDITACIÓN – ORGANISMOS DE INSPECCIÓN
La decisión sobre otorgar o no la acreditación, es tomada por un Comité de Acreditación competente y distinto de aquellos que han llevado a cabo la evaluación, quienes evalúan y analizan la información generada durante las etapas de evaluación y demás información disponible, para confirmar que se han cumplido o no con los requisitos de acreditación.
En caso en que el OEC no esté de acuerdo con la decisión tomada por el Comité de Acreditación, puede interponer apelaciones justificadas por escrito, la cual será atendida de acuerdo con lo establecido en el Procedimiento para el Tratamiento de Apelaciones. Por último, te invitamos a consultar la documentación relacionada con todos los tipos de decisiones de acreditación .
Aplican para todos los esquemas de acreditación y definen condiciones desde la presentación de la solicitud hasta el mantenimiento y renovación de la acreditación, forman parte de la relación contractual con ONAC.
Si el resultado de tu solicitud es favorable, podrás consultar tu certificado de acreditación en nuestro Directorio Oficial de Acreditados.
Verifica el estado en que se encuentra una acreditación, escribiendo a continuación, el código de acreditación:
El código de acreditación contiene la siguiente estructura:
AA-NNN-###
AA = Año solicitud
NNN = Abreviatura del esquema
### = Consecutivo asignado